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La Directiva N° 007-2016-OSCE/CD , sostiene que “es una herramienta de uso obligatorio, basada en un estándar de categorización internacional, en la que sistemáticamente se clasifican e identifican mediante una codificación a los bienes, servicios en general, consultorías y obras susceptibles a ser requeridas por las Entidades, permitiendo disponer de información homogénea y ordenada para la contratación pública”.
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Asimismo, no está de mas aclarar que el desarrollo de las capacidades para el sector público están promovidas por SERVIR, entidad pública creada por el Decreto Legislativo 1023 , En dicho documento “Título II – Artículo 5” establece como ámbito de aplicación lo siguiente:
La Oficina General de Tecnologías de la Información sostiene que “El catálogo de bienes, servicios y obras del MEF se elaboró teniendo como base la clasificación establecida por el ex INAP (Instituto Nacional de Administración Pública), utilizándose la misma codificación en la mayoría de los grupos. Por otro lado, considerando también la clasificación establecida por la SBN (Superintendencia de Bienes Estatales) para el tema de los bienes patrimoniales y siendo la SBN un Ente Rector, se dio validez a los códigos oficiales establecidos por esta entidad, priorizándose esta codificación sobre la establecida por el ex INAP, las cuales fueron tomadas de los códigos que estaban libres para aquellos grupos cuyos códigos se repetían».
Por otro lado, la codificación del catálogo se encuentra separada en Bienes, servicios y obras. Además, cuenta con una estructura de 12 dígitos, el cual está compuesto por 2 dígitos de grupo, 2 dígitos de clase, 4 dígitos de familia y 4 dígitos de ítems. Por lo tanto, cada código o cualquier detección de ítem tendrá 12 dígitos.
Por otra parte, el Ing. Juan Gallo Chávez consultor e implementador del SIGA , sostiene que el catálogo de bienes y servicios se alimenta de los clasificadores del gasto, el cual es llamado partidas presupuestales, es decir, cada ítem va estar enlazado a un clasificador de gasto presupuestal o puede tener más de uno según sea el caso.
Asimismo, cada ítem va estar enlazado al catálogo de la SBN. Pero, ¿qué es la SBN? Pues, es el ente rector de los bienes patrimoniales, por lo tanto se puede tener en línea el catálogo de activos fijos, el cual administra la SBN como ente rector. Además, cualquier incorporación de un ítem nuevo, el SIGA automáticamente también será alimentado por ese mismo catálogo.
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