fbpx
gestion-bienes-muebles-almacenes-MEF

 

El pasado 28 de julio, en plena fiesta por el Bicentenario, se publicó en El Peruano la última resolución de almacenes dispuesta por el Ministerio de Economía y Finanzas bajo la Directiva N° 0004-2021-EF/54.01 denominada Directiva para la gestión de almacenamiento y distribución de bienes muebles. ¿En qué consiste esta norma? 

En primer lugar hay que entender que esta es una disposición totalmente nueva que determina numerosos cambios y adjunta nuevos formatos de procesos (Anexos No 1, No 2, No 3, No 4 y No 5, No 6, No 7, No 8 y No 9, que forman parte integrante de la Resolución Directora). 

¡Veamos los puntos clave!

1. LOGÍSTICA EN EL ALMACENAMIENTO 

Esta nueva directiva establece un nuevo concepto y diferentes parámetros de acuerdo a la gestión de almacenes.

Indica que para la operatividad del almacén se debe contar con los recursos humanos, infraestructura y equipamiento, incluyendo las herramientas de gestión, que permitan desarrollar las actividades de almacenamiento y distribución. También sostiene que se puede  contar con uno o más almacenes, de acuerdo a la necesidad.

    1. 8.2.  Las actividades que se desarrollan en el almacén se pueden organizar de acuerdo a los siguientes flujos logísticos:a)  Logística de Entrada: recepción, verificación y control de calidad, internamiento y registro;
      b)  Logística Interna: ubicación, custodia, control de stocks y registro;
      c)  Logística de Salida: selección de bienes, acondicionamiento, despacho y registro; y,
      d)  Logística Inversa: devoluciones y registro.

 

2. ÁREAS EN EL ALMACÉN 

Según la nueva directiva del MEF, el almacén debe contar con espacios definidos, delimitados y señalizados, plasmados en un plano o croquis. Solo así se podrá tener un adecuado flujo de las actividades que permita brindar un óptimo nivel de servicio. Las áreas en las que se debe dividir el almacén son:

9.1. Zona de recepción: Espacio donde se reciben los bienes muebles y se realiza la verificación cuantitativa y cualitativa; así como, la revisión de los documentos, antes de su internamiento. El diseño, dimensionamiento y equipamiento permite la adecuada recepción de los bienes muebles.

9.2. Zona de almacenaje: Espacio destinado a mantener los bienes muebles en forma ordenada y en condiciones adecuadas que aseguren la conservación de sus características. La distribución de este espacio debe considerar la baja, media o alta rotación de los bienes muebles, así como:

  • a)  Condiciones especiales controladas como humedad, temperatura, etc.
  • b)  Acceso restringido a productos controlados (estupefacientes, bienes fiscalizados, entre otros) o que por su alto valor monetario deban tener un mayor control.
  • c)  Espacio para bienes muebles dados de baja.
  • d)  Espacio para bienes muebles que no pueden ser distribuidos por ser objeto de pesquisas, observaciones o se encuentren inmovilizados.
  • e)  Espacio para bienes muebles que se encuentren a la espera de la evaluación por parte del área indicada en el requerimiento.

9.3.  Zona de empaque y embalaje: Espacio destinado a la preparación de los pedidos y control de los bienes muebles a ser despachados.

9.4.  Zona de despacho: Espacio destinado a la consolidación de los empaques que son requeridos en uno o más Pedidos de Atención de Almacén, según rutas de distribución a fin de poder ser organizados y contrastados con los documentos de salida.

9.5.  Corredores y pasadizos: Espacios con dimensiones necesarias y adecuadas para el óptimo tránsito de personas, materiales y/o equipos de acarreo.

9.6.  Zona administrativa: Espacio destinado a las operaciones administrativas de soporte a la gestión del almacenamiento y distribución.

9.7.  Zona de servicios: Espacio necesario para el uso del personal que trabaja en el almacén (comedor, vestuario, entre otros) así como para mantener las condiciones operativas de los equipos e infraestructura del almacén (cuarto de máquinas, recarga de baterías, entre otros). Debe encontrarse fuera de cualquier espacio de manipulación y/o custodia de los bienes muebles.

9.8.  Patio de maniobras: Espacio destinado al giro y estacionamiento de los vehículos que ingresan al almacén.

9.9.  Zona de box: Espacio destinado a la carga y descarga de los bienes muebles.

3. OTROS CAMBIOS QUE ESTABLECE LA NUEVA DIRECTIVA 

La nueva directiva establece cambios en el sistema de seguridad y administración. Contar con una póliza de seguro, realizar una adecuada desinfección o dotar de condiciones de Salud en el trabajo al personal son algunas de las pautas.

El subcapítulo II detalla las nuevas condiciones:

Artículo 17.- Seguridad para la infraestructura

17.1. Para las condiciones de seguridad en la infraestructura de los almacenes, se tiene en cuenta lo dispuesto en la Norma Técnica A.130 Requisitos de Seguridad de las Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE, aprobado por Decreto Supremo No 011-2006-VIVIENDA.

17.2. El almacén debe contar con pólizas de seguro que proporcionen cobertura contra todo riesgo de la infraestructura.

Artículo 18.- Seguridad para los bienes muebles y equipamiento

Los bienes muebles y equipamiento del almacén deben contar con pólizas de seguro que proporcionen cobertura contra riesgos, que minimicen el impacto por pérdidas y que garantice la continuidad de las operaciones. Dichas pólizas dan cobertura a los bienes muebles hasta su entrega al punto de destino.

Artículo 19.- Seguridad para el personal

En todas las fases de almacenamiento y distribución de bienes muebles se cumplen con las disposiciones establecidas en la Ley No 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo No 005-2012-TR, a fin de garantizar la protección de todo el personal del almacén, en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.

Artículo 20.- Sanitización, desinfección y desinfestación

La limpieza, sanitización, desinfección o desinfestación en el almacén se realiza de manera oportuna, de acuerdo a la normativa vigente, a fin de prevenir daños a los bienes muebles, equipos y/o infraestructura.

También la norma define nuevos procesos respecto al control de calidad, a la organización del espacio en el almacén y en las fases de intercambio y registro.

Conocer cómo realizar inventarios o de qué manera justificar los mueblen faltantes son algunas otras de las nuevas pautas que se establecen en la Directiva N° 0004-2021-EF/54.01. También adjunta un nuevo formato para el registro en el SIGA MEF y el registro de entradas y transferencias de almacén. ¿Te interesa aprender más sobre los alcances de esta nueva disposición? Curso de especialización: Gestión de Bienes muebles


¿QUIÉNES NECESITAN CONOCER EL NUEVO SISTEMA DE BIENES MUEBLES?

  • Postulantes CAS (o ex CAS) a las áreas administrativas (Operaciones, Archivos, Gestión de personal, Tesorería, Contabilidad, Presupuesto, Logística, Control previo y otros) de las instituciones públicas, para ocupar los puestos que demandan con frecuencia.
  • Asistentes, analistas, operadores y técnicos de las áreas usuarias de las entidades públicas que utilicen el  SIAF-SP (Municipalidades, centros de salud, centros universitarios, entre otros). 
  • Proveedores del Estado y profesionales independientes de la actividad pública y privada.

¿Deseas estar capacitado para ello? R&C Consulting imparte seminarios, cursos y diplomados en Gestión Pública que podrán potenciar tus habilidades profesionales. 

 
ABOUT THE AUTHOR
R&C Consulting | Escuela de Gobierno y Gestión Pública

R&C Consulting | Escuela de Gobierno y Gestión Pública

Institución con más de 20 años de experiencia capacitando a los gestores públicos a nivel nacional. Aliada estratégicamente con prestigiosas instituciones desarrollando programas de especialización en el marco de las normas aprobadas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR).



COMMENTS (2)

Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
Hola, te saluda Estefany 👩🏻‍💻
¿Cómo puedo ayudarte?