¿QUÉ INSTITUCIÓN ACREDITA LOS CONOCIMIENTOS Y CAPACITACIONES EN EL SECTOR PÚBLICO?
Elaborado por:
Mg. Misael Rivera
Magister en Gestión Pública por la Universidad del Pacífico
¿Sabías qué, un curso para ser considerado en la Gestión Pública debe tener por lo menos 24 horas de capacitación? y ¿Qué un crédito académico es equivalente a 17 horas?, pero ¿Quién se encarga de supervisar estos patrones?
EL ROL DE SERVIR:
De acuerdo al Decreto Legislativo N° 1023, La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR, será aquel ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos que se encargará de planificar, desarrollar y evaluar aquellas normas de capacitación y evaluación para el sector público, para ello mediante el Decreto Legislativo Nº 1025 que aprueba Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, establece los parámetros de capacidades para el sector público exclusivamente. De otro lado, debemos tener muy claro que SERVIR no brinda cursos de capacitación, ni evalúa personal, solo se encargará de indicar las normas para que estos procesos sean realizados de manera eficiente.
Asimismo, no está de mas aclarar que el desarrollo de las capacidades para el sector público están promovidas por SERVIR, entidad pública creada por el Decreto Legislativo 1023, En dicho documento “Título II – Artículo 5” establece como ámbito de aplicación lo siguiente:
- La planificación de políticas de recursos humanos.
- La organización del trabajo y su distribución.
- La gestión del empleo.
- La gestión del rendimiento.
- La gestión de la compensación.
- La gestión del desarrollo y la capacitación.
- La gestión de las relaciones humanas.
- La resolución de controversias.
En ese orden de acciones también se publicó el Decreto Legislativo N°1025 que fue aprobado el 17 de Enero del 2010 por intermedio del Decreto Supremo 009-2010-PCM. Como se describió anteriormente, este reglamento servirá para regular la capacitación y la evaluación del personal al servicio del Estado como parte del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que tienen como principio “ LA CAPACITACIÓN”. De esta manera, el Artículo 3 inciso “d” nos dice lo siguiente: “La capacitación en el sector público se rige por los principios de especialización y eficiencia, fomentando el desarrollo de un mercado competitivo y de calidad de formación para el sector público, a partir de la capacidad instalada de las universidades, institutos y otros centros de formación profesional y técnica, de reconocido prestigio.”
Por otra parte, si revisamos este Reglamento (DL N°1025), nos daremos cuenta que hace referencia a los programas y cursos de formación profesional como doctorados, postdoctorados, maestrías y cursos de actualización, pero ¿cuál es la diferencia que existe entre cada uno?, ¿qué valor tiene en las entidades públicas?, ¿cuántas horas y créditos académicos debe tener un curso para que tenga la validez correspondiente al solicitar un puesto de trabajo? Para ello, debemos tener en cuenta las siguientes definiciones según SERVIR y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria SUNEDU, quien también es responsable de supervisar la calidad del servicio educativo pero solamente en Universidades.
De este modo, de acuerdo al Artículo 2 del DS N° 009-2010-PCM, se define los siguientes términos de la siguiente manera:
- Acciones de capacitación
Procesos y actos relacionados con el desarrollo de competencias y valores de las personas al servicio del Estado para la mejora continua de la gestión pública. Las acciones de capacitación se imparten a través de la formación profesional y formación laboral.
- Formación Profesional
Postdoctorado, doctorado, maestrías y cursos de actualización impartidos por centros, centros con sede en el extranjero o especialistas según sea el caso.
- Curso de actualización
Se considera como cursos de actualización a los diplomados, en sus variaciones: presencial, semipresencial y virtual; cursos técnicos especializados, seminarios, talleres y similares que tengan relación directa con las funciones que desempeñan las personas al servicio del Estado en sus respectivos puestos de trabajo, que no conducen a grado académico alguno y su duración se rige por la normatividad vigente, y que pueden ser dictados por un centro, centro con sede en el extranjero o un especialista.
- Acreditación
Es la distinción pública y temporal que concede SERVIR a los programas de postgrado que se presentan de manera voluntaria de acuerdo al detalle que se establece en este reglamento y disposiciones complementarias que dicte SERVIR. Dicha acreditación se otorga luego de un proceso de evaluación transparente e imparcial.
- Certificación
Es la distinción pública y temporal que concede el ente rector de los sistemas administrativos a los Centros y /o especialistas que imparten cursos de actualización y que la solicitan de manera voluntaria. Dicha certificación se otorga luego de un proceso de evaluación del curso de acuerdo a los criterios y estándares fijados por el ente rector, bajo la asesoría de SERVIR.
- Centros
Universidades, institutos y cualquier otra institución pública o privada con sede en el territorio nacional que brinde capacitación profesional y/o técnica, y que se encuentren habilitadas para emitir las certificaciones correspondientes.
EN EL CASO DE LA SUNEDU:
En este caso la SUNEDU, creada por la Ley Universitaria Nº 30220, define su ámbito de aplicación en su Artículo 2, y dice a la letra: “La presente Ley regula a las universidades bajo cualquier modalidad, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que funcionen en el territorio nacional”. Por tanto, su acción solo es para universidades y los grados académicos que reconoce son los estudios de posgrado que conducen a Diplomados, Maestrías y Doctorados, estos se diferencian de la siguiente manera:
Para el Dr. José Pastor Rodríguez, Ex Gerente General de la Universidad Cayetano Heredia y actual consultor público:
“Un curso debe tener como mínimo 24 horas, si es de menor tiempo se denominará seminario, foro, conferencia o según sea el caso. Asimismo, señala que cada entidad es libre de establecer la forma de designar los puntajes en sus concursos de selección de personal, debido que SERVIR no ha aprobado ninguna norma que califique el puntaje por horas de capacitación”. Como se dijo al inicio SERVIR solo se encargará de indicar las reglas y criterios mediante los cuales las entidades públicas deberán capacitar y evaluar a su personal, por lo tanto, son las propias entidades las responsables de tomar decisiones en términos de capacitación, siempre y cuando se tenga presente los criterios señalados por SERVIR.
Por último, el Experto en materia de recursos humanos, señala que “un crédito académico es equivalente a una hora de enseñanza durante 16 semanas, es decir, un crédito equivale a 16 horas académicas. Sin embargo, en el Reglamento de la Ley 276, DS 05-90-PCM se estableció lo siguiente: Artículo 47 Se establece el crédito como unidad de cálculo para el factor capacitación. Cada crédito equivale a 17 horas de clases efectivas con presencia docente o 34 horas de trabajos prácticos. En los casos de cursos a distancia éstos deberán establecer la equivalencia correspondiente.”
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Ahora que ya conoces la importancia de conocer el sistema presupuestal y la gestión pública ¿Qué esperas para acceder a ese puesto de tus sueños? En R&C Consulting – Escuela de Gobierno y Gestión Pública, hemos capacitado a miles de profesionales que hoy ponen en práctica sus habilidades en los mejores puestos estratégicos del Estado.
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COMMENTS (41)
Hola Humberto, te comento que tenemos cursos especializados con expertos en la materia, los puedes ver desde: Cursos Inhouse R&C CONSULTING
¿Qué norma legar regula la emisión de certificados sean de capacitación o actualización?
Hola Roxana. Te comentamos que nuestros cursos y diplomados tienen 5 años de validez.
Buenos dias para los concursos publicos cuanto tiempo de validez tiene los diplomados y cursos gracias
No sé ha respondido quien garantiza que se cumpla con los estándares señalados por servir. Esto es, yo puedo decir, estoy ajustado a la resolución 141, y por eso estoy acreditado para acreditar, con mis capacitaciones a mis dicentes. No me parece, debe haber alguien que supervise y garantice la calidad a parte del mismo que emite la capacitación, cómo se hace con los diplomados en las universidades.
buenas tardes, a que norma me puedo basar cuando han emitido una constancia e indica que tiene valor academico de 01 credito…y solo fue realizada internamente de una entidad piblica – (unidad)
Tengo una asociacion sin fines de lucro, donde hacemos cursos de capacitación, donde tramito para certificar con valor curricular los mismos ? Gracias x su respuesta.
DESEO SABER EL TIEMPO DE VIGENCIA DE UN CURSO, ESPECIALIZACION, DIPLOMADO, TALLER, ETC
Buenos días requisitos para tener permiso para realizar curso talleres o seminarios dictados por una lic en Enfermería, cusles serían los pasos..Gracias de antemano
Tengo una Asociación Civil sin fines de Lucro Recreación para el Adulto Mayor de Reque
Estoy dando Cursos. Seminarios sobre Gerontología. Geriatra. Salud Mental. Nutrición. Fisioterapia para el Cuidado.y buena calidad de vida del Adulto Mayor
Quisiera Saber cuánto de crédito deben llevar mis seminarios o Cursos Nacionales o Internacionales que desarrollo cada fin de mes.
Objetivo
Es de mejorar en el buen trato y darle una buena calidad de vida para nuestros Adultos Mayores de mi Perú
Por favor espero su opinión o consejo
Consulta: que tiempo de vigencia en años tienen los certificados y/o constancias de cursos, diplomados, etc?
Tendrías que estar titulado y certificado por el Minsa como Centro Psicológico. ¡Cordial saludo!
Buenos días, excelente artículo. Tengo una consulta si deseo formar una empresa de capacitación por ejemplo en temas de psicología clínica. ¿Que entiedad me tendría que habilitar para poder emitir certificados de participación? ¿existe algún lugar donde pueda solicitar esa habilitación?
Depende del objetivo de la certificación. Eso es lo principal. ¡Un afectuoso saludo!
Sí, es depende de cuál sea el objetivo de la certificación. Eso es lo principal. Un cordial saludo y gracias por seguirnos.
Depende del objetivo de la certificación, estimado. ¡Un cordial saludo!
Buenas noches. Disculpe, si voy a formar una empresa de capacitaciones que entidad me puede brindar los permisos para emitir certificados? Y cómo se debe realizar los convenios? Gracias
excelente trabajo y gracias por la información, quería preguntar, con una empresa que brinde curos de especialización en el rubro de educación requiere de alguna acreditación
Buenas noches. Disculpe, si deseo formar una empresa de capacitaciones que entidad me da los permisos para emitir certificados? Y cómo se debe realizar los convenios? Gracias
Estimado Samir, si la institución está acreditada o sigue las normas de SERVIR, por supuesto que es garantía. ¡Un saludo y mil gracias por leernos!
Saludos, R&C Consulting, muchas gracias por el post, está realmente muy bien trabajado y eso denota la calidad de esfuerzo y empeño que le pusieron. No queriendo ser inoportuno, quisiera molestarles, con la pregunta de quien autoriza o da el permiso para emitir certificados a las empresas privadas, para seminarios y conversatorios? Muchas gracias de antemano, que tenga buen día. Un saludo y abrazo fuerte hasta Lima a R&C Consulting.
¡Así es, Rosa! Gracias por leernos.
Un curso de capacitación por 3 créditos o 51 horas académicas a cuantas horas lectivas equivale
¡Gracias por leernos, Angélica! Te hemos enviado un mail con información. Un cordial saludo.
Hola muy ilustrativo su texto. Quisiera saber si deseo formar una empresa de capacitaciones que entidad me da los permisos para emitir certificados? Ustedes brindan asesoria empresarial? Gracias
Estimado Michael, SUNEDU no solo supervisa a las universidades públicas y privadas, sino también a institutos. ¡Nos alegra que seas parte activa de nuestra comunidad de lectores! Cordial saludo.
Y como puedo saber si un centro de capacitación está autorizado para emitir certificados? Lleve un curso de actualización de 2h y 30m por día en 6 días son 18 horas. Tiene validez ese certificado para mi cv?
Una consulta y en el caso las empresas del sector privado , donde o a qué entidad deben solicitar el permiso para brindar estos servicios?
Si la SUNEDU supervisa la enseñanza de las universidades Públicas y Privadas. A las Escuelas Privadas creadas para satisfacer la Resolución de Presidencia Ejecutiva 141 – 2016 – SERVIR – PE, APROBADA EL 08 DE AGOSTO DEL 2016, ¿quién supervisa la calidad de la enseñanza?, gracias por la respuesta
En la publicación indican: En este contexto, la Escuela de Gobierno y Gestión Pública de R&C Consulting, una institución privada y habilitada para emitir certificaciones. Podrían informarme que institución o ente los habilita a uds. para emitir dichas certificaciones. Asimismo si tienen resolución del MINEDU. Muchas gracias.
Estimada Magi, los cursos que brindan las universidades deberían estar alineados a las bases de capacitación de SERVIR. Recomendamos que verifiques si cuentan con esa garantía. Ahora bien, en el caso de nuestra Escuela de Gobierno, por supuesto que los certificados expedidos cumplen los requisitos establecidos por las entidades públicas. Si deseas, déjanos tu número para comunicarte con una de nuestras asesoras, quien podrá facilitarte un descuento especial por ser lectora de nuestro blog.
¡Cordial Saludo!
Quiero saber si los cursos que brindan las universidades nacionales si sirven para obtener un cargo en el estado agradeceria me brinden informacion o solo tengo que llevar un diplomado en consulting ???
Apreciado Orlando, aquellas son las disposiciones del sector. Podrías unirte a nuestra comunidad en Facebook donde impartimos artículos e infografías explicativas. ¡Gracias por leernos!
¡Gracias por leernos, Julio! Contamos con convenios con Servir y universidades. Si deseas información sobre los cursos, déjanos tu número y una asesora se comunicará contigo a la brevedad.
Así es. Cada institución está orientada a certificar, pero con un propósito distinto. Carlos, tenemos una comunidad de lectores en Facebook, donde nos gustaría que formes parte. Aquí nuestro enlace. ¡Saludos!
Interesante punto, bien expuesto, desde la perspectiva de la utilidad para concursos públicos en el estado; pero además existen obligaciones de las ofertas de capacitación privada normadas por el Sineace verdad?
me parece super claro todo lo que informan, solo una consulta, ustedes indican estar habilitados para emitir certificados, pero quien es el que los habilita,
Estimados, en el articulo mencionan «…Un curso debe tener como mínimo 24 horas…» cual seria la base legal para este punto, se lo agradeceria mucho, saludos.
los cursos de especialización de un año que dan los institutos superiores al personal de técnicos en enfermería tiene validez los diplomas que otorgan cuando terminan sus estudios y trabajan en una entidad de salud
En el área de sector publico es necesario tomar en cuenta la mejor atención al ciudadano, y cada persona es distinta por lo cual se requiere lo mas personalizado posible el servicio, para esto mismo debe de existir una formación para estar preparado para cualquier reto y tener un resultado satisfactorio.
hola, quisiera saber si tienen capacitaciones cortas (3 dias) de pdt plame y t-registro?