fbpx
CURSO-VIIRTUAL-NUEVAS-CONTRATACIONES-DEL-ESTADO-2020-PORTADA-ARTICULO
0

 

Las entidades públicas deben de realizar diversas adquisiciones de bienes, servicios y obras para cumplir con sus objetivos institucionales. Por tal motivo los profesionales encargados de las contrataciones del estado 2020 deben de actuar bajo el enfoque de gestión por resultados y así conseguir en las contrataciones las mejores condiciones de precio y calidad teniendo una repercusión positiva en las condiciones de vida de los ciudadanos. Además, tienen que respetar los principios que rigen las contrataciones. Por último, conocer quiénes están impedidos a contratar con el estado para no incurrir en faltas administrativas.

Actúa de acuerdo a los principios que rigen las contrataciones del estado 2020

Actualmente las contrataciones del Estado 2020 se desarrollan con fundamento en los siguientes principios. Especialmente estos son aplicables al proceso de contratación:

  • Libertad de concurrencia.
  • Igualdad del trato.
  • Transparencia.
  • Publicidad.
  • Competencia.
  • Eficacia y eficiencia.
  • Vigencia tecnológica.
  • Sostenibilidad ambiental y social.
  • Equidad.
  • Integridad.

ryc-consulting-10-principios-de-las-contrataciones-del-estado-2020

Evita contratar con actores impedidos a realizar las Contrataciones del Estado 2020

Entre las condiciones exigibles a los proveedores se encuentran impedidos a ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas en todo tipo de contrataciones las siguientes personas:

Actores principales impedidos a contratar con el Estado 2020

  • El Presidente y los Vicepresidentes de la República, los Congresistas de la República, los Jueces Supremos de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los Organismos Constitucionales Autónomos.
  • Ministros y Viceministros de Estado.
  • Gobernadores, Vicegobernadores y Consejeros de los Gobiernos Regionales. Los Jueces de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y los Regidores.
  • Titulares de instituciones o de organismos públicos del Poder Ejecutivo, los funcionarios públicos, empleados de confianza, servidores públicos con poder de dirección o decisión y los gerentes de las empresas del Estado.
  • Servidores públicos no mencionados en el punto anterior y los trabajadores de las empresas del Estado.
  • Personas naturales o jurídicas que tengan intervención en el proceso de contratación.
  • Cónyuge, conviviente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de las personas señaladas anteriormente.

Actores secundarios (personas naturales y/o jurídicas) impedidos a contratar con el Estado 2020

  • Inhabilitadas o suspendidas para contratar con el Estado.
  • Condenadas, en el país o extranjero, mediante sentencia consentida o ejecutoriada.
  • Cuyos representantes legales o personas vinculadas hubiesen sido condenadas en el país o el extranjero mediante sentencia consentida o ejecutoriada.
  • Inscritas en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI), sea en nombre propio o a través de persona jurídica en la que sea accionista u otro similar con excepción de las personas que cotizan acciones en bolsa.
  • Inscritas en el Registro Nacional de Abogados Sancionados por Mala Práctica Profesional y en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido.
  • Nacionales o extranjeras que hubiesen efectuado aportes a organizaciones políticas durante un proceso electoral, por todo el período de gobierno representativo y dentro de la circunscripción en la cual la organización política beneficiada con el aporte ganó el proceso electoral que corresponda.
  • Cuyos integrantes formen o hayan formado parte en la fecha en que se cometió la infracción, de personas jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procedimientos de selección y para contratar con el Estado.  El impedimento también es aplicable a la persona jurídica cuyos integrantes se encuentren sancionados administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procedimientos de selección y para contratar con el Estado.
  • Que se encuentren comprendidas en las Listas de Organismos Multilaterales de personas y empresas no elegibles para ser contratadas.

Cumple con la normativa de las contrataciones del estado 2020 vigente para evitar las siguientes penalidades

El incumplimiento de lo establecido en la Ley 30225 – Ley de Contrataciones del Estado conlleva a consecuencias y responsabilidades establecidas en la Ley.  Por ello el Tribunal de Contrataciones del Estado 2020 puede sancionar a los proveedores, participantes, postores, contratistas, subcontratistas y profesionales que se desempeñan como residente o supervisor de obra cuando corresponda con las siguientes penalidades:

  • Primero: MULTA, es la obligación pecuniaria generada para el infractor de pagar en favor del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
  • Segundo: INHABILITACIÓN TEMPORAL, Consiste en la privación, por un periodo determinado del ejercicio del derecho a participar en procedimientos de selección, procedimientos para implementar o extender la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado.
  • Tercero: INHABILITACIÓN DEFINITIVA: Consiste en la privación permanente del ejercicio del derecho a participar en cualquier procedimiento de selección y procedimientos para implementar o extender la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado.

Programas-especializados-cursos-inhouse-rc-consulting

Si deseas conocer a profundidad la normativa de las nuevas contrataciones del estado 2020 puedes revisar la LEY 30225 EN EL PORTAL DEL OSCE.

 

 
ABOUT THE AUTHOR
R&C Consulting | Escuela de Gobierno y Gestión Pública

R&C Consulting | Escuela de Gobierno y Gestión Pública

Institución con más de 20 años de experiencia capacitando a los gestores públicos a nivel nacional. Aliada estratégicamente con prestigiosas instituciones desarrollando programas de especialización en el marco de las normas aprobadas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR).



Leave a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
Hola, te saluda Estefany 👩🏻‍💻
¿Cómo puedo ayudarte?