¿CUÁLES SON LOS REGÍMENES LABORALES PÚBLICOS?
Elaborado por:
Mg. Misael Rivera
Magister en Gestión Pública por la Universidad del Pacífico
Para entender cuáles son y cómo funcionan los regímenes laborales públicos es necesario ver primero el tema normativo. Actualmente, la Ley reconoce como “servidor público” a todo ciudadano que presta servicios en entidades de la administración pública con nombramiento o contrato de trabajo, con las formalidades de la ley, en jornada legal y sujeto a retribución en periodos regulares.
Ahora que el régimen CAS ha sido eliminado por una Ley del Parlamento, es más importante que nunca conocer la diferencia entre los regímenes laborales públicos, para así estar mejor informados ante una eventual migración.
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¿QUÉ SON LOS REGIMENES LABORALES PÚBLICOS?
Un régimen laboral es el conjunto de funciones y actividades esenciales y propias de la Administración Pública realizadas por los empleados públicos. De ese modo, existe una multiplicidad de regímenes en la administración: Generales y especiales (Son en total 15 aproximadamente).
Un régimen laboral es el conjunto de funciones y actividades esenciales y propias de la Administración Pública realizadas por los empleados públicos. De ese modo, existe una multiplicidad de regímenes en la administración: Generales y especiales (Son en total 15 aproximadamente).
RÉGIMEN LABORAL PÚBLICO 276
Este régimen de la Carrera Administrativa, es el conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los derechos y los deberes que corresponden a los servidores públicos que, con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública.
- Tiene por objeto permitir la incorporación de personal idóneo, garantizar su permanencia, asegurar su desarrollo y promover su realización personal en el desempeño del servicio público.
- Se expresa en una estructura que permite la ubicación de los servidores públicos según calificaciones y méritos.
- La Carrera Administrativa se estructura por grupos ocupacionales y niveles. Los cargos no forman parte de la Carrera Administrativa.
- A cada nivel corresponderá un conjunto de cargos compatibles con aquél, dentro de la estructura organizacional de cada entidad.
RÉGIMEN LABORAL CAS (DL 1057)
El Contrato Administrativo de Servicios – CAS constituye una modalidad especial de contratación laboral, privativa del Estado. Se regula por la presente norma y no se encuentra sujeto a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, el régimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales. Por lo tanto, el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057 tiene carácter transitorio.
Regla: Todas las entidades del Estado pueden contratar por CAS (Hasta la eliminación del 9 de marzo del 2021)
NORMATIVA
- Decreto Legislativo Nº 1057/ Decreto Supremo 75-2008-PCM
- Ley Nº 29849: dispuso la eliminación progresiva del CAS.
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COMMENTS (7)
Estimado, sí le corresponde.
Buenos días, mi mamá de 92 años es profesora jubilada del magisterio.Mi consulta es si a ella le corresponde el Bono Extraordinario por Edad Avanzada a los pensionistas mayores de 80 años
Estimado Nilo, aquí podrías encontrar información que absuelve tus dudas. ¡Un cordial saludo! Si deseas estar al tanto del sector público así como de seminarios y cursos para tu crecimiento profesional, síguenos en Facebook o en Youtube.
Apreciada Lorena, en la Ley N° 31084 sí se contempla al DL 276. Hay una guía del MEF con preguntas y respuestas al respecto. También en nuestras redes sociales hallarás actualizaciones sobre las nuevas disposiciones que afectarán a la gestión pública en el 2021. Dale click a nuestro Facebook y Youtube.
Nosotros que trabajamos en el Sector Publico, bajo el régimen laboral DL 276. Vamos a recibir el bono que otorgará el gobierno para la reactivación económica? En mi caso estoy bajo el DL 276, como docente Superior I ?
Hola disculpe
Buenas noches, quisiera hacer una pregunta.
Soy servidor administrativo nombrado con más 20 años de servicio en la UNSAAC, el asunto es que, la Contraloría me ha aplicado una sanción por encontrarme Responsabilidad Administrativa Funcional por un periodo de 2 años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Esta sanción se cumple el 15 de Agosto de 2020. MI PREGUNTA ES, para reincorporarme a mis labores, que debo hacer, tengo algún impedimento más para reincorporarme o solo debo presentarme en la fecha indicada… AGRADEZCO LA ATENCIÓN A LA PRESENTE.