Control Gubernamental Archivos - Blog R&C Consulting | Escuela de Gobierno y Gestión Pública Escuela de Gobierno y Gestión Pública Wed, 18 Dec 2024 22:35:46 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.7.1 https://rc-consulting.org/blog/wp-content/uploads/2017/11/cropped-icono-32x32.png Control Gubernamental Archivos - Blog R&C Consulting | Escuela de Gobierno y Gestión Pública 32 32 LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA GESTIÓN PÚBLICA https://rc-consulting.org/blog/2024/10/inteligencia-artificial-en-la-gestion-publica/ https://rc-consulting.org/blog/2024/10/inteligencia-artificial-en-la-gestion-publica/#comments Thu, 24 Oct 2024 20:27:18 +0000 https://rc-consulting.org/blog/2024/10/que-es-el-sistema-electronico-de-contrataciones-del-estado-seace-2/ LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA GESTIÓN PÚBLICA: INNOVACIÓN, OPORTUNIDADES Y RETOS ÉTICOS. Elaborado por: Mg. Misael Rivera Magister en Gestión Pública por la Universidad del Pacífico Nuestro objetivo es asegurar que las personas con menos recursos accedan a una educación de calidad y transformen sus vidas. INTRODUCCIÓN La Inteligencia Artificial (IA) está transformando muchos sectores […]

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Mg. Misael Rivera

Magister en Gestión Pública por la Universidad del Pacífico


Nuestro objetivo es asegurar que las personas con menos recursos accedan a una educación de calidad y transformen sus vidas.

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INTRODUCCIÓN

La Inteligencia Artificial (IA) está transformando muchos sectores y la administración pública no es la excepción. En eventos recientes, como el #MartesDeJusticiaYDerechos, se ha resaltado el impacto de esta tecnología en las instituciones gubernamentales. La IA, si se implementa correctamente, puede mejorar la calidad y rapidez de los servicios públicos. Sin embargo, también plantea importantes retos éticos y legales que deben abordarse para evitar que su uso cause más perjuicios que beneficios.

Este curso te ofrece una formación integral para comprender los fundamentos y mejores prácticas en la administración pública, incluyendo normativas, gestión de personal y procesos administrativos.

CARACTERÍSTICAS DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA GESTIÓN PÚBLICA

  • Automatización de Procesos: La IA puede automatizar tareas repetitivas como la gestión de formularios y solicitudes, lo que ahorra tiempo y recursos.
  • Análisis de Datos Masivos: Su capacidad para procesar grandes cantidades de datos permite a los gobiernos tomar decisiones más rápidas y mejor informadas en sectores como la salud y la seguridad.
  • Detección de Patrones: Los algoritmos de IA pueden identificar tendencias y necesidades futuras, mejorando la planificación de recursos.
  • Capacidad Predictiva: La IA permite prever necesidades y demandas sociales para una mejor asignación de recursos.

BENEFICIOS DE LA IA EN LA GESTIÓN PÚBLICA

  • Mayor Eficiencia: Al reducir la carga de trabajo de los empleados públicos y mejorar la rapidez en la toma de decisiones, se optimizan los servicios.
  • Mejora en la Calidad de los Servicios Públicos: La precisión de la IA minimiza errores humanos y aumenta la satisfacción ciudadana.
  • Uso Responsable de Recursos: A través de análisis predictivos, se garantiza una mejor asignación de recursos, evitando desperdicios.
  • Innovación Tecnológica: La IA impulsa una modernización del sistema público, generando soluciones innovadoras para problemas complejos.

¿CÓMO PUEDE MEJORAR LA IA LOS SERVICIOS PÚBLICOS?

La capacidad de la IA para procesar grandes cantidades de datos y aprender de ellos es una de sus principales ventajas. Los gobiernos pueden utilizar esta tecnología para tomar decisiones más rápidas y mejor informadas, lo que podría significar un gran avance en áreas como la salud pública, la seguridad o la gestión de trámites burocráticos. Por ejemplo, los algoritmos de IA pueden identificar patrones de comportamiento en los ciudadanos, lo que permite prever necesidades futuras y gestionar recursos de manera más eficiente.

Un uso interesante de la IA en la administración es su capacidad para automatizar tareas rutinarias, como la gestión de formularios o el procesamiento de solicitudes. Esto no solo reduce la carga de trabajo de los empleados públicos, sino que también mejora la precisión y disminuye el tiempo de respuesta para los ciudadanos.

RETOS ÉTICOS Y LEGALES EN EL USO DE LA IA

A pesar de los beneficios, el uso de la IA en la gestión pública también presenta desafíos importantes. Uno de los más preocupantes es la calidad de los datos utilizados. Si los sistemas de IA se alimentan de información incorrecta o sesgada, las decisiones que se tomen a partir de esos datos podrían perpetuar desigualdades. Esto es especialmente grave en sectores críticos como la justicia o la asignación de beneficios sociales.

Además, el uso indebido de IA en procesos electorales y la creciente amenaza de desinformación a través de tecnologías avanzadas, como los deepfakes, son riesgos que deben ser cuidadosamente gestionados. Sin una regulación adecuada, la IA podría ser utilizada para manipular la opinión pública, erosionando la confianza en las instituciones democráticas.

LA REGULACIÓN COMO UN ELEMENTO CLAVE

Es evidente que la IA puede aportar mucho a la gestión pública, pero también que su implementación debe ir acompañada de marcos normativos claros. Es esencial que los gobiernos establezcan reglas sobre cómo se deben gestionar los datos utilizados por estas tecnologías, garantizando que se respeten los derechos de los ciudadanos y se promueva la transparencia.

También es fundamental contar con auditorías periódicas sobre el uso de IA en el sector público. Estas revisiones permitirían asegurar que los algoritmos se utilicen de forma justa, explicable y responsable, minimizando el riesgo de que se tomen decisiones arbitrarias o injustas basadas en resultados automatizados.

EL FUTURO DE LA IA EN LOS GOBIERNOS

Si bien los avances en IA continúan a gran velocidad, es importante no dejar de lado el impacto social que esta tecnología puede tener. A medida que los gobiernos adoptan soluciones más automatizadas, deberán también asegurar que los trabajadores del sector público estén preparados para adaptarse a estos cambios. La capacitación será crucial para que los empleados puedan trabajar en conjunto con las herramientas de IA y no sean reemplazados por completo.

Además, la confianza de los ciudadanos en el uso de la IA es otro aspecto vital. Para que las personas acepten estas tecnologías como parte de su vida cotidiana, deben sentirse seguras de que se están utilizando de manera justa y en beneficio de todos. Esto implica no solo transparencia en los procesos, sino también el fomento de un diálogo abierto entre gobiernos, expertos en tecnología y la sociedad.

EJEMPLO: USO DE DEEPFAKES EN LA COMUNICACIÓN POLÍTICA

En la gestión pública, la inteligencia artificial ha sido aplicada de diversas maneras para mejorar la eficiencia y la transparencia. Sin embargo, un uso controvertido es la creación de deepfakes de ministros, presidentes o líderes políticos. Aunque esta tecnología puede ser empleada positivamente para generar contenido educativo o recrear discursos históricos, también representa un gran riesgo si se usa de manera inapropiada.

Por ejemplo, la creación de videos de deepfakes de un presidente anunciando medidas de emergencia inexistentes o de un ministro apoyando políticas falsas podría sembrar confusión y desinformación en la población. Este tipo de manipulación tecnológica es una amenaza para la estabilidad política y la confianza en las instituciones públicas. La capacidad de los algoritmos para imitar voces y gestos en tiempo real aumenta el riesgo de que el contenido engañoso se difunda masivamente en redes sociales.

1. Ejemplo de una Oportunidad: Reconstrucción Digital para el Turismo y la Preservación Histórica

La inteligencia artificial y las tecnologías de deepfake pueden utilizarse para reconstrucciones virtuales de sitios históricos, como Machu Picchu, permitiendo a los visitantes y ciudadanos experimentar cómo lucían en su apogeo. Estas representaciones visuales podrían usarse en:

  • Turismo virtual inmersivo, donde personas de todo el mundo pueden explorar versiones restauradas digitalmente de lugares históricos sin dañarlos físicamente.
  • Proyectos de conservación, mediante la creación de imágenes predictivas que ayuden a los investigadores y conservacionistas a visualizar cómo se verían las estructuras en distintos puntos de su historia o en futuros procesos de restauración.

Esta herramienta innovadora no solo fomenta el turismo educativo y cultural, sino que también contribuye a la preservación y valoración del patrimonio de una forma no invasiva.

 

2. Ejemplo de un Riesgo Ético: Manipulación de la Percepción Pública y Desinformación

El uso de tecnologías avanzadas de inteligencia artificial para generar deepfakes, como la imagen del Papa con vestimenta moderna y no convencional, plantea serios riesgos éticos. Estas imágenes hiperrealistas pueden manipular la percepción pública y causar desinformación a gran escala, especialmente si se utilizan para alterar la imagen de figuras públicas, como líderes religiosos o políticos. Este tipo de contenido, si no es identificado adecuadamente, puede ser malinterpretado por los ciudadanos, erosionando la confianza en las instituciones y generando confusión sobre la autenticidad de la información que se consume. La capacidad de generar imágenes falsas pero creíbles exige regulaciones y auditorías rigurosas para garantizar un uso responsable de esta tecnología.

 

CONCLUSIÓN

La inteligencia artificial tiene el potencial de revolucionar la gestión pública, haciéndola más eficiente y accesible. Sin embargo, su adopción también plantea una serie de retos éticos y legales que no pueden ser ignorados. El futuro de la IA en el sector público dependerá de cómo los gobiernos equilibren la innovación tecnológica con la protección de los derechos ciudadanos, asegurando que la tecnología no solo se use para mejorar servicios, sino también para construir sociedades más justas y equitativas.

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La Evolución de la Gestión Pública en el Perú: Retos y Perspectivas https://rc-consulting.org/blog/2023/12/la-evolucion-de-la-gestion-publica-en-el-peru-retos-y-perspectivas/ https://rc-consulting.org/blog/2023/12/la-evolucion-de-la-gestion-publica-en-el-peru-retos-y-perspectivas/#respond Thu, 07 Dec 2023 19:14:41 +0000 https://rc-consulting.org/blog/?p=10605 LA EVOLUCIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA EN El PERÚ: RETOS Y PERSPECTIVAS Elaborado por: índice Contexto Histórico Reformas y Transformaciones Retos Actuales Perspectivas Futuras 1. Contexto Histórico Durante décadas, la gestión pública en el Perú estuvo marcada por desafíos inherentes a su contexto socioeconómico y político. En un pasado no muy lejano, la burocracia, la […]

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Mg. Misael Rivera

Magister en Gestión Pública por la Universidad del Pacífico

  1. Contexto Histórico
  2. Reformas y Transformaciones
  3. Retos Actuales
  4. Perspectivas Futuras

Durante décadas, la gestión pública en el Perú estuvo marcada por desafíos inherentes a su contexto socioeconómico y político. En un pasado no muy lejano, la burocracia, la corrupción y la falta de transparencia eran obstáculos que dificultaban el progreso efectivo en la administración estatal.

Sin embargo, en las últimas décadas, el país ha emprendido reformas significativas destinadas a fortalecer las instituciones y mejorar la gestión pública. La implementación de políticas de transparencia, la simplificación administrativa y el impulso a la participación ciudadana han sido algunos de los pilares sobre los cuales se ha cimentado esta evolución.

A pesar de los avances, persisten desafíos importantes. La lucha contra la corrupción, la eficiencia en la asignación de recursos públicos y la construcción de una administración más ágil y transparente continúan siendo prioridades.

El futuro de la gestión pública en el Perú se vislumbra prometedor. La incorporación de tecnologías emergentes para mejorar los servicios públicos, el fortalecimiento de la rendición de cuentas y la continuación de políticas orientadas a la participación ciudadana son aspectos clave para consolidar una gestión eficiente y cercana a las necesidades de la sociedad.

En conclusión, la gestión pública en el Perú ha experimentado una notable evolución, aunque persisten desafíos por superar. El compromiso continuo con la transparencia, la eficiencia y la participación ciudadana serán fundamentales para seguir avanzando hacia una administración pública que responda de manera efectiva a las demandas de la sociedad.

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La nueva potestad sancionadora de la Contraloría: 6 puntos relevantes https://rc-consulting.org/blog/2021/08/la-nueva-potestad-sancionadora-de-la-contraloria-6-puntos-relevantes/ https://rc-consulting.org/blog/2021/08/la-nueva-potestad-sancionadora-de-la-contraloria-6-puntos-relevantes/#respond Tue, 17 Aug 2021 16:32:10 +0000 https://rc-consulting.org/blog/?p=9250 En los últimos días la Contraloría ha cobrado un papel mucho más activo en cuanto a nombramientos en el nuevo Gobierno y designaciones que, aparentemente, no cumplirían con los requisitos. Y esto porque, el anterior Congreso  –poco antes de irse– publicó la Ley Nº 31288 que tipifica las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa […]

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En los últimos días la Contraloría ha cobrado un papel mucho más activo en cuanto a nombramientos en el nuevo Gobierno y designaciones que, aparentemente, no cumplirían con los requisitos. Y esto porque, el anterior Congreso  –poco antes de irse– publicó la Ley Nº 31288 que tipifica las conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y establece medidas para el adecuado ejercicio de la nueva potestad sancionadora de la Contraloría. Pero esto ¿En que consiste?

Veamos los puntos más importantes:

#1 Objetivo de esta norma: 

Esta norma se propone establecer nuevas medidas para el adecuado ejercicio del Estado y el retomo de la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República. La Contraloría General ejerce la potestad para sancionar a los servidores y funcionarios públicos que cometen faltan graves y muy graves. La ley, en esencia, ha modificado principalmente la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Específicamente los artículos 11, 45, 46, 47, 48, 51, 56, 57, 58, 59 .

#2 Las nuevas medidas de la Contraloría

  • Los investigados podrán aclarar sus casos o hacer comentarios
    Esta nueva norma plantea que para la determinación de responsabilidades derivadas de la acción de control, los involucrados podrán tener la oportunidad de conocer su caso y poder realizar los comentarios o aclaraciones sobre los fundamentos que haya fiscalizado la Contraloría. Esto es algo nuevo y positivo. Aunque, la ley establece que no se dará en todos los casos, pero las excepciones deberán estar justificadas.
  • Las sanciones de la Contraloría
    Cuando este organismo identifique responsabilidad administrativa funcional, será la misma Contraloría General quien adoptará las acciones para la determinación de responsabilidad y la imposición de la respectiva sanción, conforme a las atribuciones establecidas en la presente ley. Obviamente que si la responsabilidad no es solo de carácter administrativo sino de tipo civil o penal, las autoridades competentes, de acuerdo con ley, iniciarán ante el fuero respectivo aquellas acciones de orden legal que correspondan a dichas responsabilidades.
  • Comunicar a la Procuraduría
    Algo importante y nuevo de la norma es que si hay naturaleza penal, el jefe del Órgano de Auditoría Interna deberá comunicar sobre las responsabilidades lo más pronto posible al procurador público. Así, este podrá actuar cuando el titular de la entidad no haya cumplido con actuar inmediatamente de tomado conocimiento de dichas irregularidades.
  • Acciones rápidas frente a actos sospechosos e implementar canales
    La ley hace hincapié en la rapidez de los tiempos (comunicar simultáneamente) ya que no se puede identificar responsabilidad cuando ésta ha prescrito conforme a los plazos establecidos en las normas correspondientes.
    Así también las entidades están obligadas a implementar las acciones a consecuencia de las sanciones por responsabilidad administrativa funcional impuestas por la Contraloría General o el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, bajo responsabilidad de su titular.

 

#3 ¿Por qué es importante esta ley? 

Antes la potestad sancionadora de la Contraloría había sido dejado de lado. Y, ante la opinión pública, este organismo nunca pudo trabajar oportunamente para evitar actos de corrupción, sino que llegaba tardíamente. Es por ello que ahora han reforzado las sanciones de carácter administrativo, para que las personas no tengan la oportunidad de cometer ilícitos en el Estado en un futuro.

Según la nueva norma, esta potestad sancionadora de la Contraloría prevalece frente a otras potestades sancionadoras administrativas, con las cuales articula para el deslinde de responsabilidades, de acuerdo con lo establecido en el reglamento de la presente ley.

#4 ¿Cómo la Contraloría detecta culpabilidad para sancionar?

Con esta nueva norma, la Contraloría General ejercerá la potestad para sancionar, por cuanto determina la responsabilidad administrativa funcional. De este modo, tendrá la potestad de imponer una sanción teniendo como referencia los hechos contenidos en los informes que emiten los órganos del sistema. Estos son el resultado de un servicio de control posterior donde se identifica dicha responsabilidad y atribuye la comisión de infracción sujeta a la referida potestad sancionadora. A continuación esa calificación será evaluada y –en caso corresponda– será confirmada.

La facultad sancionadora lleva a cabo un proceso, son dos instancias. En la primera se realizan las investigaciones y se proponen las sanciones por el órgano instructor. Luego también el órgano que sanciona puede analizarlas (y desestimarlas). En la segunda instancia se ven principalmente apelaciones. Estas son resueltas por el Tribunal Superior de Responsabilidades.  

Como sabemos, el Tribunal Superior de Responsabilidades es la última instancia administrativa en el procedimiento sancionador. Es el órgano resolutivo de la Contraloría General que cuenta con independencia técnica y funcional en las materias de su competencia y tiene autonomía en sus decisiones. Finalmente, los pronunciamientos anteriormente emitidos por otros órganos no son vinculantes ni condicionan la decisión final del Tribunal Superior. Los miembros del tribunal son mayores de 40 años, necesitan 10 años de experiencia en el sector público/privado y deben contar con idoneidad moral (entre otros requisitos).

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¿Qué aspectos evalúa la Contraloría para sancionar?

Estos están descritos en el artículo 48 de la norma. Van de acuerdo al grado de responsabilidad del funcionario, el prejuicio causado, las circunstancias en que ocurrieron los hechos, entre otros.

Artículo 48.- Gradación de las sanciones

Las sanciones por responsabilidad administrativa funcional son graduadas de acuerdo a los siguientes criterios:

a) La gravedad de la infracción cometida, considerando el daño al interés público.

b) La existencia de intencionalidad en la comisión de la infracción.

c) El perjuicio causado o efecto dañino producido por la comisión de la infracción.

d) El beneficio ilícito resultante de la comisión de la infracción.

e) La reiteración o reincidencia en la comisión de la infracción.

f) Las circunstancias de la comisión de la infracción.

g) La concurrencia de infracciones.

h) El grado de participación en el hecho imputado.

#5 ¿Cuáles son las sanciones?

Las infracciones en materia de responsabilidad administrativa funcional podrían ser muchas y, como sabemos, estas se darán para actos graves y muy graves. Están descritas en el artículo 46 de la Ley Nº 31288 y son las siguientes: 

a) Inhabilitación para el ejercicio de la función pública, no menor de sesenta (60) días calendario ni mayor a un (1) año para las infracciones graves.

b) Inhabilitación para el ejercicio de la función pública, no menor a un (1) año hasta cinco (5) años para las infracciones muy graves.

Las referidas sanciones comprenden la pérdida de la capacidad legal para el desempeño de funciones, cargos o comisiones en el ámbito de la función pública por parte del funcionario o servidor sancionado. En caso la indicada sanción sea mayor a seis (6) meses, esta supone además la consecuente extinción del vínculo jurídico de cualquier naturaleza que, para la prestación de función pública, mantuviese el funcionario o servidor con una entidad pública, al momento de la eficacia de la sanción.

  • En reglamento aprobado por resolución de contraloría, se especifican el alcance y criterios para la graduación de las sanciones y se establecen las disposiciones para la aplicación de las mismas.
  • De imponerse la sanción por responsabilidad administrativa funcional cuando la persona se encuentre ejerciendo un cargo de elección popular, la sanción tiene eficacia desde que cesa en dicho cargo.

#6 Beneficios de la norma

En pocas palabras esta nueva norma nació para corregir las deficiencias en la implementación de las recomendaciones que evadían responsabilidad administrativa funcional. En términos sencillos, las «recomendaciones» que hacía la Contraloría a veces no eran tomadas en cuenta ya que los funcionarios –muchas veces– seguían laborando aunque su caso ya hubiera sido resuelto.

Pues ahora eso ya es pasado. Con la nueva potestad sanciondora de la Contraloría, las decisiones impuestas a los servidores públicos sancionados serán de cumplimiento obligatorio y se ejecutan de manera inmediata, cuando queden firmes o cuando han causado estado.

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Mg. Misael Rivera

Magister en Gestión Pública por la Universidad del Pacífico

Lo que primero se tiene que tener en claro es que el control es aquella actividad que se encarga de revisar y constatar el cumplimento de los planes, objetivos, normas y procedimientos. Entonces, en función de la administración pública, el control previo se encargará de la supervisión de las acciones y resultados de la Gestión Pública.

En otras palabras, el control gubernamental o control previo consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la Gestión Pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado.

Control Interno: Se dice, que el control interno comprende las acciones de cautela previa, simultánea y de verificación posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectúen correctamente y eficientemente. Dentro del control interno encontramos el control previo, simultáneo y posterior. Cabe resaltar, que el control previo y simultáneo compete exclusivamente a las autoridades, funcionarios y servidores públicos de las entidades como responsabilidad propia de las funciones que le son inherentes.

Control Externo: Se entiende por control externo al conjunto de políticas, normas, métodos y procedimientos técnicos que compete aplicar a la contraloría general y otros órganos del sistema por encargo o designación de ésta, con objeto de supervisar y verificar la gestión y el uso de recursos y bienes del estado.

Por otro lado, se habla de control como actividad y de control como función. El control como actividad es ejercido por los directores o gerentes de las áreas administrativas, el mismo que debe ser previo, concurrente y posterior. Mientras el control como función es ejercido por un órgano independiente que evalúa el comportamiento de cada área administrativa en relación con la responsabilidad institucional.

  • Desarrollar el control previo de la documentación contable, antes del compromiso y giro, dando conformidad a través de su visación o devolviendo a las dependencias, la documentación no sustentada o con errores, e informando a la Dirección sobre el proceso de control efectuado.
  • Formular o revisar proyectos de Resoluciones y Directivas sobre normas, procesos y procedimientos técnicos de Contabilidad y Tesorería, asegurando el cumplimiento de los dispositivos legales a nivel de la Oficina y dependencias usuarias de los sistemas a su cargo.
  • Coordinar y verificar periódicamente con el tesorero, el mantenimiento actualizado del archivo de los documentos fuentes de sustentación de la utilización de los fondos presupuestales.
  • Efectuar arqueos inopinados, con autorización de la Dirección.
  • Coordinar y verificar periódicamente con el Tesorero, las acreditaciones de los pagos de las Planillas, cuotas patronales, impuestos a la SUNAT, Essalud, AFP, CAFAE, arbitrios Municipales y otros impuestos o descuentos efectuados.
  • Revisar y llevar el control del registro de compras y verificar la presentación a la SUNAT de la Confrontación de Operaciones Autodeclaradas (COA), de acuerdo a los plazos establecidos.
  • Informar mensualmente sobre las rendiciones pendientes, por los usuarios del sistema, de acuerdo a las normas y directivas vigentes.
  • Coordinar con el Tesorero la revisión y entrega de los PDT en los plazos de presentación previstos.
  • Cumplir otras funciones que le asigne el Director de la Oficina de Contabilidad y Tesorería en el área de su competencia.

La Contraloría General es el ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, dotado de autonomía administrativa, funcional, económica y financiera, que tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social.

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Implementacion del control interno en las entidades del Estado https://rc-consulting.org/blog/2017/05/implementacion-del-control-interno/ https://rc-consulting.org/blog/2017/05/implementacion-del-control-interno/#comments Wed, 17 May 2017 22:30:38 +0000 http://rc-consulting.org/blog/?p=4115 IMPLEMENTACIÓN DEL CONTROL INTERNO ¿Sabías que la implementaciÓn del Control Interno es obligatoria para todas las entidades de los tres niveles de gobierno?  Entrevista a la experta Mg. Annie Chávarri Elguera sobre cómo es la Implementación del Control Interno en las instituciones. ÍNDICE ¿Qué es Control Gubernamental? ¿Qué es el Control Interno y Externo? ¿Qué […]

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Entrevista a la experta Mg. Annie Chávarri Elguera sobre cómo es la Implementación del Control Interno en las instituciones.

  1. ¿Qué es Control Gubernamental?
  2. ¿Qué es el Control Interno y Externo?
  3. ¿Qué es la Implementación del Sistema de Control Interno?
  4. ¿Cuáles son los componentes del Sistema de Control Interno?
  5. ¿Cuáles son los plazos para implementar el Sistema de Control Interno?
  6. ¿Las instituciones pueden recibir sanciones por no contar con la implementación de este sistema?

El Control gubernamental es el proceso integral permanente que tiene por finalidad contribuir a la mejora continua de la gestión en todas las entidades.

Tiene dos tipos, control gubernamental interno y externo.

Existen dos tipos de control gubernamental: interno y externo.

El Control Interno es un proceso integral de gestión, efectuado por el titular, funcionarios y servidores de una entidad y diseñado para enfrentar los riesgos en las operaciones de gestión y para dar seguridad razonable del logro de los objetivos, es importante conocer la Ley del Sistema Nacional de Control Ley N° 27785.

El Control externo es un conjunto de políticas, métodos y procedimientos técnicos ejercido por: La Contraloría General de La República, Órgano de Control Institucional y Sociedades de Auditoría.

Lo primero que se tiene que tener en claro es que el Control lo tiene que hacer la Institución en primera parte y en forma posterior, la Contraloría y el OSCE.

De acuerdo a la N° Ley 28716, obliga a todas las entidades que cuentes con un Sistema de Control Interno,  y este sistema viene a hacer la suma de todas las actividades, procedimientos, tareas, registros que internamente maneja una institución para alcanzar sus objetivos, es por ello que la Contraloría elaboró la Guía para la Implementación y fortalecimiento del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado en cinco etapas: acciones preliminares, identificación de brechas, elaboración del Plan de Trabajo para el cierre de brechas, cierre de brechas y la quinta etapa es reportes y evaluación y mejora continua.

Este sistema posee cinco componentes:

  • Ambiente de control: es necesario llevar a cabo un proceso de sensibilización y socialización sobre el Control Interno con el objeto de persuadir e involucrar a todos los funcionarios y servidores públicos de la entidad sobre el rol activo que desempeñan en la implementación del SCI.
  • Evaluación de riesgos: se debe prepararse en caso se presente un riesgo y pueda dificultar el objetivo que se pide.
  • Actividades de Control Gerencial: todas las instituciones deben de contar con políticas, procedimientos que permitan asegurar el manejo de estos suministros.
  • Información y Comunicación: señala como debe ser la información que va fluir internamente en la institución, de forma confiable y oportuna.
  • Supervisión.

Se estableció un plazo de 36 meses, los cuales se han distribuidos en las tres fases que se necesita para poder implementar este sistema (planificación, ejecución y evaluación).

Si no se implementa el Sistema de Control Interno, hay sanciones de una falta administrativa funcional y si se cometieron faltas indebidas dentro del sistema se puede llegar a una sanción civil o penal.

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control previo y concurrente

Control previo y concurrente en la ejecución del gasto

El control previo como ya es de conocimiento, es aquella actividad que se encarga de supervisar, vigilar y verificar los actos y resultados de la gestión pública, así como la administración de los recursos y bienes del Estado. Por lo tanto, cuando se habla de control previo en la ejecución del gasto, no debemos olvidar que existe un presupuesto público.

¿Qué es el presupuesto público?

El presupuesto público es un instrumento de gestión del Estado que va a permitir a las entidades lograr sus objetivos y metas constituidos en el POI, cabe resaltar que toda entidad está limitada a ejecutar y a gastar todo aquello que esta señalado y autorizado en el presupuesto.

Asimismo, el presupuesto va a comprender todos los ingresos por todas las fuentes de financiamiento, teniendo claro esto, se tendrá que definir en qué será utilizado y en qué se gastará para cumplir los objetivos y metas de la entidad.

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Control Presupuestal de los Gastos (Art. 28)

En el art. 28 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se sostiene que el control presupuestal de gasto que realiza la Dirección General del Presupuesto Público, consiste en el seguimiento de los niveles de ejecución de egresos respecto a los créditos presupuestarios, en el marco de la programación, dirección, coordinación, control y evaluación de la gestión del proceso presupuestario.

Control de la legalidad (Art. 31)

De igual manera, en el art. 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto se señala que la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional se encargarán de supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto, comprendiendo la correcta gestión y adecuada utilización de los recursos y bienes del Estado. Asimismo, dicho artículo sostiene que el Congreso se encarga de fiscalizar la ejecución presupuestaria.

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Por consiguiente, cuando se habla de control de la legalidad, la Dirección General del Presupuesto Público solo hace un seguimiento de cómo se está ejecutando el presupuesto, sin embargo la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional se encargan estrictamente de supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto, verificando la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado.

 

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