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El Ejecutivo decidió presentar una demanda ante el Tribunal Constitucional respecto a la ley que elimina el régimen CAS del sector público. Así, mediante la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional –en representación del Gobierno– buscan eliminar la Ley Nº 31131, que dispuso el pase  de los CAS a los regímenes 728 y 276. Si bien esta decisión se veía venir ¿Qué sucederá ahora con la eliminación del CAS tras la demanda en el TC?

Pues bien, como se recuerda, el último 4 de marzo, el Congreso de la República aprobó por insistencia la ley que elimina en forma progresiva el régimen CAS con 105 votos a favor, cero en contra y siente abstenciones.
Por esta razón, este lunes 10 de mayo la Procuraduría Especializada en Materia Constitucional presentó una demanda que afirma que la referida ley es contraria a la Constitución, dado que vulnera las competencias del Poder Ejecutivo en materia de administración de la Hacienda Pública y gestión de los recursos humanos en el sector público. Pero veamos paso a paso este contexto al estilo de R& Consulting: En 5 simples pasos.

#1 ¿Qué decía la Ley Nº 31131? (Y por qué buscan eliminarla)

Como hemos publicado en anteriores artículos, la ley de la eliminación del régimen CAS es bastante controversial. Sin embargo, esta norma fue dada en el actual Congreso y con iniciativa política de la bancada del FREPAP. Así, como lo explicamos en este artículo, tras varios intentos fallidos en el pasado, se eliminó el régimen con 105 votos a favor, 0 en contra y 7 abstenciones. En otras palabras, el Parlamento decidió que más de 286 mil trabajadores cambien su situación laboral de la noche a la mañana.

En términos sencillos la ley establecía que ninguna entidad del Estado podrá contratar personal bajo el régimen CAS y dispuso el traspaso progresivo de trabajadores estatales en esta modalidad al régimen 728 o el 276, de acuerdo al presupuesto de cada institución. Sin embargo, era necesario que el trabajador cumpla labores permanentes durante la presente ley, y tenga un contrato CAS por 2 años consecutivos o 3 años discontinuos.

¿Por qué buscan eliminarla? Pues, como sabemos, casi toda norma, tiene aspectos positivos y negativos que deben ser evaluados. Sin embargo, desde el Gobierno hubo malestar debido a que desequilibra las finanzas S/ 3600 millones más en gastos de planilla al año y debido a que podría incentivar el estancamiento de aquellos que pasan a una  supuesta condición de “estabilidad” en los organismos públicos.

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#2 ¿Por qué el Ejecutivo sostiene que es inconstitucional? 

El Ejecutivo al mando de Franciso Sagasti nunca estuvo de acuerdo con esta norma –ni con las otras iniciativas  económicas que enarbola el actual Congreso– por ello desde la publicación de la Ley Nº 31131 se vió la posibilidad de presentar una acción de inconstitucionalidad. Así, la premier Violeta Bermúdez había indicado que SERVIR evaluaría esta norma, sin embargo, al final la acción fue presentada por la propia Procuraduría. Una jugada bastante astuta.

A todo ello ¿por qué el Gobierno insiste en que siga existiendo el régimen CAS? En términos bastante sencillos, porque sostienen que la ley publicada por el Congreso vulnera las competencias del Poder Ejecutivo en materia de administración de la Hacienda Pública y gestión de los recursos humanos en el sector público. Si bien puede parecer un argumento muy general, aseguran que esta potestad está clara en la Carta Magna y por lo tanto, la ley debería derogarse.

El procurador Luis Huerta público sostuvo:

“La Ley dada al margen de la interacción que debe existir entre el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo para expedir normas que tienen impacto en la economía del país y en la implementación del nuevo régimen del servicio civil». O sea, no se ha sociabilizado ni dado un diálogo debido sobre si esta norma debería darse o no.
También el documento que exige la inconstitucionalidad indica que con la eliminación del Régimen CAS perjudica la convocatoria públicas para ocupar las plazas de convocatorias al Nuevo Régimen del Servicio Civil (Recordemos que hace solo unos días se publicó el DS 091-2021-PCM que establece las fases y cronograma de tránsito de los trabajadores al régimen del Servicio Civil Ley Nº 30057).
Sin embargo, los trabajadores del sector público indican que el MEF dispuso que Servir acelere con el tránsito al régimen del servicio civil, aunque que el costo es mayor a S/ 15.000 millones, pero sin dar todavía luz verde a la nueva escala remunerativa.
Otro argumento que esgrimen desde la Procuraduría es que a la fecha son más de 200 mil CAS que laboran en el Estado y el precio de la incorporación a los regímenes laborales de los decretos legislativos 728 y 276 implicaría un costo no previsto en el presupuesto público de tres mil seiscientos millones de soles. También, porque vulnera el artículo 40 de la Constitución relacionado a la carrera administrativa y, finalmente, porque incrementaría la deficiencia para regular la función de los servidores públicos.

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#3 ¿Qué sucederá con los trabajadores que están bajo ese régimen? 

Hay, sin duda, mucho malestar por la actual incertidumbre que existe entre los servidores públicos. Y es que desde el Congreso la norma fue aplaudida por diversos gremios, pero sin embargo, hay diversos grupos (como los locadores) que todavía no cuentan con dicha estabilidad y la eliminación del régimen por desgracia no garantiza que no haya más precarización, porque como sabemos, el Ejecutivo sigue contratando bajo dicha modalidad.

El pasado 31 de marzo se publicó el DU Nº 034-2021 que establecía ciertos parámetros a la ley aprobada por el Congreso y señalaba que podrían seguir contratando trabajadores CAS hasta el 16 de mayo. Sin embargo, la norma indicaba que los contratos CAS solo podrían durar hasta el 31 de diciembre de este año. Es decir, restituyó momentáneamente el régimen. Sin embargo, los trabajadores del sector público no contaban con que Francisco Sagasti, estaba buscando la fórmula para dejar sin efecto la eliminación de los CAS por otra vía.

RESTITUCIÓN DEL CAS ELIMINADO

Actualmente se siguen dando convocatorias bajo el régimen CAS (llamémosle «Nuevo CAS») que se ampara en el DU Nº 034-2021 (así como se siguen contratando locadores de servicio a pesar de la Ley aprobada por el Congreso). Los trabajadores que se encuentran laborando actualmente deben ver en qué plazos aproximados el TC va a resolver esta demanda y deben estar atentos a los argumentos que se van a construir desde el Congreso. Para aquellos trabajadores que están actualmente fuera de una plaza pública, deberían aprovechar las nuevas disposiciones dadas solo hasta esta semana bajo el régimen CAS y luego ver cuál será el devenir de la planilla pública tras lo decidido por el TC. Sabemos que estamos, además, de cara a elecciones presidenciales, entonces en general deberíamos prestar atención a los planes de Gobierno de los candidatos Pedro Castillo y Keiko Fujimori.

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#4 Según el contexto político ¿Qué puede pasar con la ley en el TC? 

La acción del Ejecutivo no ha gustado nada en el actual Congreso. Así de simple. Por ello, desde la bancada promotora –FREPAP– han indicado su indignación porque se mantenga un “régimen de precariedad, discriminación y abuso laboral con el que el Ejecutivo ha perdido la oportunidad de organizar un pase paulatino que procure una previsión presupuestal razonable».

Como en el Ejecutivo se percibe que no hay «voluntad política» para hacer respetar los derechos de los trabajadores anunciaron que coordinarán acciones con otros grupos parlamentarios para hacer un solo frente en defensa de la Ley N.º 31131. Si bien el FREPAP es la segunda bancada más grande del Congreso, lo real es que sería muy complicado que ellos vayan en contra del TC. Lo que sí pueden hacer, por ejemplo, es coordinar unos buenos alegatos en el proceso para que la norma prevalezca en este organismo.

Hay que tener un punto muy en cuenta. Los nuevos miembros del Tribunal Constitucional están a punto a ser electos por el actual Congreso. Y, si esto se da, es bastante probable que los nuevos miembros desestimen la denuncia. Si bien dos bancadas a la fecha se han opuesto a que este Congreso elija a los nuevos miembros del TC, lo real es que ya no se puede esperar más, pues varios de ellos ya vencieron su periodo de ejercicio (recordemos que con el pretexto de «una elección ilegítima» de los miembros del TC se dio el cierre del anterior Congreso en manos de Martín Vizcarra).

#5 ¿Cómo podemos aprovechar este contexto de cambios en el sector público?

Si bien en el año del Bicentenario se están dando múltiples cambios en el sector público, debemos estar alertas para poder ejercer nuestra función debidamente y aprovechar al máximo las nuevas oportunidades que surjan.

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  2. Revisemos las ultimas convocatorias y disposiciones

    En las página de Talento Perú así como en Convocatorias de Trabajo en las últimas semanas se han publicado numerosas convocatorias para contratar a personal en diferentes entidades. La modalidad de algunos concursos son bajo el régimen 728, 276 y también bajo el régimen CAS (temporal hasta el 31 de diciembre). ¿Cuentas con las competencias para acceder a un puesto en el Estado? Si es así, deberías postular. Si en caso te faltan algunas acreditaciones, recuerda que en R&C Consulting somos tus aliados y podrás certificarte con nosotros en numerosos cursos con Contrataciones del Estado, SIAF, SIGA, Office, entre otros. ¿Vas a seguir postergando tu crecimiento?

  3. ¡Capacitémonos en Gestión Pública!

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