Preguntas Claves:
-
- ¿Por qué se estableció la Ley del Servicio Civil N° 30057- 2013?
- ¿Cuál es su objetivo y finalidad de la Ley del Servicio Civil N° 30057- 2013?
- ¿Bajo qué principios se rige la Ley del Servicio Civil N° 30057- 2013?
En principio es necesario explicar que el estado peruano decidió establecer la Nueva Ley del Servicio Civil debido al desorden que tiene la ley antecesora respecto a sus tres regímenes laborales que aún están vigentes, que son el Decreto Legislativo 276 (carrera pública), Decreto Legislativo 728 (régimen de acuerdo a normas para el sector privado) y el Contrato Administrativo de Servicios (CAS).
Por ello el objeto de la presente Ley es establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas. Así lo indica el Art. 1º Ley de Servicio Civil Nº 30057 – 2013
Cabe aclarar que la mencionada ley se convierte en la primera reforma del Servicio Civil después de 20 años de intento. Con su implementación, se eliminará el ingreso al Estado por medios direccionales. La regla será el concurso público y el cumplimiento de un perfil profesional.
EL Art. 2º de la Ley de Servicio Civil Nº 30057 – 2013 establece la finalidad de la presente Ley es que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran.
Esta ley como cualquier otra tiene Principios los cuales son:
a) Interés general. El régimen del Servicio Civil se fundamenta en la necesidad de recursos humanos para una adecuada prestación de servicios públicos.
b) Eficacia y eficiencia. El Servicio Civil y su régimen buscan el logro de los objetivos del Estado y la realización de prestaciones de servicios públicos requeridos por el Estado y la optimización de los recursos destinados a este fin.
c) Igualdad de oportunidades. Las reglas del Servicio Civil son generales, impersonales, objetivas, públicas y previamente determinadas, sin discriminación alguna por razones de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.
d) Mérito. El régimen del Servicio Civil, incluyendo el acceso, la permanencia, progresión, mejora en las compensaciones y movilidad, se basa en la aptitud, actitud, desempeño, capacidad y evaluación permanente para el puesto de los postulantes y servidores civiles.
e) Provisión presupuestaria. Todo acto relativo
al sistema del Servicio Civil está supeditado a la disponibilidad presupuestal, el cumplimiento de las reglas fiscales, la sostenibilidad de las finanzas del Estado, así como a estar previamente autorizado y presupuestado.
f) Legalidad y especialidad normativa. El régimen del Servicio Civil se rige únicamente por lo establecido en la Constitución Política, la presente Ley y sus normas reglamentarias.
g) Transparencia. La información relativa a la gestión del régimen del Servicio Civil es confiable, accesible y oportuna.
h) Rendición de cuentas de la gestión. Los servidores públicos encargados de la gestión de las entidades públicas rinden cuentas de la gestión que ejecutan.
i) Probidad y ética pública. El Servicio Civil promueve una actuación transparente, ética y objetiva de los servidores civiles. Los servidores actúan de acuerdo con los principios y valores éticos establecidos en la Constitución y las leyes que requieran la función pública.
j) Flexibilidad. El Servicio Civil procura adaptarse a las necesidades del Estado y de los administrados.
k) Protección contra el término arbitrario del Servicio Civil. La presente Ley otorga al servidor civil adecuada protección contra el término arbitrario del Servicio Civil.
Art. 3º Ley de Servicio Civil Nº 30057 – 2013
¿Qué tema te gustaría que publiquemos? Escribe tu idea en nuestro muro de Facebook
IMPORTANTE:
Te invito a que te unas a nuestra lista de contactos para recibir información gratis que te ayudará a desarrollar más tus capacidades en la gestión pública y abrirte más posibilidades de mejoras salariales.
Regístrate aquí para que puedas recibir los bonos de regalos (Curso en vídeo y material), dictadas en nuestra institución.
Comparte esta información a alguien que también le pueda ayudar.
¿Qué tema te gustaría que publiquemos? Escribe tu idea en nuestro muro de Facebook
Leave a Comment